El TSJC suspende el decreto de terapias naturales de Salut 1. • La Generalitat anuncia que recurrirá la decisión del alto tribunal catalán
EL PERIÓDICO El decreto que reguló en Catalunya la práctica de 13 terapias naturales, entre ellas la acupuntura y la osteopatía, ha quedado sin aplicación temporal en sus artículos fundamentales. El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) aceptó ayer el recurso interpuesto por el Ministerio de Sanidad contra la norma de la Generalitat, y suspendió de forma cautelar los artículos 2, 5, 6, 7 y 18 del decreto, así como las disposiciones transitorias primera, segunda, tercera y cuarta. COMPETENCIAS DOYMA Suspendido el núcleo del Decreto de terapias naturales de Cataluña, tal como pedía el Ministerio de Sanidad Médicos y fisioterapeutas celebran la decisión, la cual considera que permitir determinadas actuaciones a profesionales no sanitarios puede comportar riesgo para los pacientes El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha suspendido de forma cautelar gran parte del polémico Decreto de terapias naturales de la Generalitat, en respuesta al recurso contencioso-administrativo presentado por el Ministerio de Sanidad, que alegó que la ejecución del reglamento podía suponer un "peligro" para la salud de los ciudadanos. El mismo tribunal ya suspendido en junio los puntos del Decreto referentes al criterio homeopático. La Sección Segunda de la Sala Contencioso Administrativa del alto tribunal catalán ha tenido en cuenta la petición de Sanidad, que el pasado 5 de julio presentó un recurso en el que impugnaba varios artículos y disposiciones del reglamento que regula las condiciones para el ejercicio de 13 terapias naturales y que fue aprobado por el Gobierno catalán el pasado 30 de enero. En su auto el TSJC acuerda "la suspensión de la ejecutividad de los artículos 2, 5, 6, 7 y 18, y de las Disposiciones Transitorias primera, segunda, tercera y cuarta del Decreto", tal como pedía Sanidad. El Alto Tribunal catalán "entiende la medida cautelar" demandada por el Ministerio, al considerar que la normativa, pionera en Europa, "vulnera la legislación básica estatal ordenadora de las profesiones sanitarias, al venir a permitir a unos denominados 'prácticos' la realización de diagnósticos e indicación de tratamientos sin la formación ni capacitación propia de las profesiones sanitarias". Los artículos y disposiciones ahora suspendidos acreditaban a los prácticos naturistas la realización de las funciones de diagnóstico y aplicación de tratamiento "asignadas a los médicos, y las de aplicación de tratamientos con medios y agentes físicos asignadas a los fisioterapeutas, así como el procedimiento de acreditación de la práctica en terapias naturales y acreditación de la actividad profesional, de la experiencia profesional o formación a tal fin", añade el tribunal. En el auto, el tribunal argumenta que su actuación no cuestiona la "competencia" del Gobierno catalán de establecer una normativa, "conforme el marco constitucional y legal que es de aplicación", sino que justifica su decisión como un acto de "defensa" contra "el riesgo a la salud de las personas", que "fuera consecuente al ejercicio de aquellas actividades materialmente sanitarias por profesionales carentes de la formación y capacitación exigidas". Según argumentó el Ministerio de Sanidad en su recurso, la normativa catalana "vulnera la legislación básica estatal en cuanto a la ordenación de las profesiones sanitarias, centros, servicios y establecimientos relacionados con la salud y medicamentos homeopáticos y plantas medicinales". A su juicio, la norma "permite el ejercicio de competencias y funciones asignadas a los profesionales sanitarios, en particular a médicos y fisioterapeutas, por prácticos naturistas, que carecen de los conocimientos y la formación adecuada". El Ministerio justificó su decisión alegando que la aplicación total del Decreto catalán podría provocar una "situación irreparable, generando un peligro cierto a la salud de las personas". "La aplicación del Decreto 31/2007 durante el tiempo en que se sustancie el recurso contencioso-administrativo puede generar daños de difícil o imposible reparación sobre la salud de los ciudadanos, en la medida en que éstos confiarán su salud a los denominados prácticos naturistas", indicó el Gobierno central. El pasado mes de junio, el mismo tribunal ya acordó la suspensión cautelar de los artículos del Decreto que hacían referencia a la acreditación de especialistas naturópatas que utilizan el criterio homeopático. El Alto tribunal catalán estimó así el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Academia Medico Homeopática de Barcelona (AMHB), que alegaba "perjuicios irreparables" en el caso de la aplicación de los puntos del nuevo reglamento que aluden a la homeopatía. Tanto el Colegio Oficial de Médicos de Barcelona (COMB) como el Colegio Oficial de Fisioterapeutas de Cataluña (COFC) celebraron la suspensión del núcleo de este Decreto. En declaraciones a Europa Press, la presidenta de la sección de Acupuntura del COMB, Dra. Isabel Giralt, mostró su satisfacción y señaló que, de esta forma, el Alto Tribunal "ha dado la razón" a su sección, que desde el principio advirtió de que el reglamento suponía "dar competencias sanitarias a gente que no lo es", y "ello es un peligro para la población", añadió. La Dra. Giralt insistió en que este Decreto supone un "acto de imprudencia" por parte de la Consejería de Salud. Según subrayó, con esta suspensión "se han eliminado los puntos más importantes del Decreto, que son los que tienen que ver con las definiciones, requisitos acerca de las personas no sanitarias para ser acreditadas como profesionales y de los establecimientos" donde tienen lugar las terapias naturales. Por su parte, el decano del Colegio de Fisioterapeutas de Cataluña, Francesc Escarmís, consideró que se trata de una "noticia muy importante, que va en el sentido y la línea de lo que veníamos diciendo desde el primer momento". No obstante, matizó que "todavía queda camino que recorrer en esta misma dirección". El COFC, con el apoyo de varias organizaciones de sanitarios, interpuso un recurso contencioso-administrativo contra el Decreto ante el TSJC. Se estima que un tercio de los catalanes ha recurrido alguna vez a las terapias naturales en los más de 3.500 centros que, se calcula, que hay en el territorio catalán. |